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Calculadora de extinción de condominio: impuestos y gastos 2026

Calcula una estimación del AJD y de los gastos básicos de una extinción de condominio. Introduce el valor del inmueble, el porcentaje que adquiere quien se queda la vivienda y el tipo de AJD aplicable en tu comunidad autónoma. El resultado es orientativo: la base, el tipo y la tributación final deben confirmarse antes de firmar.

Calculadora de extinción de condominio

Base orientativa — parte adquirida: 100.000,00 €

AJD estimado: 750,00 €

Total AJD + gastos introducidos: 1.650,00 €

Importante: no calcula IRPF, plusvalía municipal, compensación al copropietario ni costes hipotecarios. Tampoco sustituye la liquidación de la comunidad autónoma.

¿Cómo funciona esta calculadora?

La herramienta usa como base orientativa la cuota ajena que adquiere el copropietario adjudicatario. Es el criterio recogido por la Agencia Tributaria para la parte adquirida ex novo y citado también por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública al resumir la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Ejemplo: vivienda valorada en 200.000 €, propiedad al 50 % entre dos personas. Una se queda el 100 %. La parte adquirida es 100.000 €. Con un AJD del 0,75 %, la cuota orientativa sería 750 €, antes de notaría, Registro, asesoramiento y posibles costes bancarios.

Fuentes oficiales: criterio de la Agencia Tributaria sobre excesos de adjudicación y Resolución de 26 de febrero de 2025 publicada en el BOE.

¿Qué es una extinción de condominio?

Es la operación por la que termina una copropiedad. En el caso habitual de una vivienda indivisible, uno de los copropietarios se adjudica el inmueble completo y compensa en dinero a los demás según sus cuotas.

No basta con llamar “extinción” a la escritura. Para que el tratamiento sea el propio de una disolución de comunidad deben analizarse el origen de la copropiedad, los bienes incluidos, la indivisibilidad, las cuotas y la compensación. Si hay adjudicaciones desiguales, gratuidad encubierta o varios negocios, la tributación puede cambiar.

¿Se paga AJD o ITP?

Cuando se extingue correctamente una comunidad sobre un inmueble indivisible y uno de los comuneros se lo adjudica compensando a los restantes, la operación suele tributar por Actos Jurídicos Documentados (AJD) y no como una compraventa ordinaria sujeta a Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

El tipo de AJD depende de la comunidad autónoma y puede cambiar. Por eso la calculadora pide que introduzcas el porcentaje aplicable en lugar de mostrar una tabla que podría quedar desactualizada. Comprueba el tipo y las bonificaciones en la sede tributaria autonómica correspondiente.

¿Quién paga el AJD y los gastos?

Con carácter general, el adjudicatario —quien se queda la vivienda— presenta y paga el AJD. Notaría, Registro y gestoría pueden distribuirse por acuerdo, aunque frente a cada proveedor responderá quien haya contratado el servicio o resulte obligado.

La persona que sale recibe la compensación acordada. Conviene que la escritura detalle el valor del inmueble, el porcentaje de cada comunero, la deuda hipotecaria, la compensación y los medios de pago.

¿Puede existir ganancia patrimonial en el IRPF?

Sí. La idea de que una extinción nunca genera IRPF está desactualizada. La Agencia Tributaria explica que la compensación recibida por quien sale puede producir una ganancia patrimonial cuando el inmueble ha aumentado de valor entre la adquisición y la adjudicación.

El cálculo depende del valor y fecha de adquisición, gastos, mejoras, porcentaje transmitido y valor actualizado. Consulta el Manual práctico de IRPF 2025 de la Agencia Tributaria, que incorpora el criterio del Tribunal Supremo.

¿Se paga plusvalía municipal?

La plusvalía municipal debe revisarse con el ayuntamiento. La existencia de una transmisión de terreno urbano, el origen de la comunidad y la configuración de la escritura pueden cambiar el resultado. La calculadora no la incluye porque necesita datos catastrales y municipales específicos.

¿Qué ocurre con la hipoteca?

La propiedad y la deuda son relaciones diferentes. Aunque una persona deje de ser copropietaria, seguirá obligada frente al banco si la entidad no acepta su salida del préstamo. Antes de firmar deben coordinarse la adjudicación, la compensación y la novación o cancelación hipotecaria.

Consulta nuestra guía para resolver un proindiviso con hipoteca.

Extinción de condominio frente a compraventa

CuestiónExtinciónCompraventa de cuota
FinalidadTerminar la comunidadTransmitir una participación
CompradorOtro copropietarioCopropietario o tercero
Tributo habitual del adquirenteAJD si concurren los requisitosITP en una compraventa usada
Base orientativaParte adquirida ex novoValor fiscal de la cuota transmitida
HipotecaRequiere acuerdo bancario para liberar deudoresNo libera automáticamente al vendedor

Pasos antes de firmar

  1. Solicitar nota simple y escritura de adquisición.
  2. Comprobar cuotas, valor de referencia y valor de mercado.
  3. Obtener certificado de deuda hipotecaria.
  4. Calcular compensación, AJD, IRPF potencial y demás gastos.
  5. Confirmar el tratamiento con notaría y asesor fiscal.
  6. Negociar con el banco la liberación de quien sale.
  7. Reflejar en escritura los valores y pagos reales.

Preguntas frecuentes

¿La calculadora ofrece una liquidación definitiva?

No. Es una estimación inicial. La administración autonómica puede aplicar reglas de valoración, tipos o beneficios fiscales distintos.

¿La base siempre es el valor total de la vivienda?

No necesariamente. En el supuesto habitual de adjudicación a un comunero, el criterio citado considera la parte que adquiere de los demás. Otros diseños de la operación pueden tener una base distinta.

¿Se puede extinguir el condominio si hay tres propietarios?

Sí, pero hay que estudiar quién sale, quién permanece y si la comunidad se extingue realmente o continúa entre algunos titulares.

¿Qué pasa si nadie puede compensar a los demás?

Las alternativas son vender el inmueble completo, negociar financiación, vender una cuota o acudir a la división judicial. Consulta la guía sobre división de la cosa común.

Compara todas las alternativas

Antes de elegir, compara el importe neto de la extinción con una venta conjunta o con la venta de tu cuota indivisa. Si no existe acuerdo o el otro copropietario no puede financiar la compensación, podemos estudiar la compra directa de tu participación.

Solicitar valoración del proindiviso

Calculadora y contenido informativos. No constituyen asesoramiento fiscal ni una liquidación tributaria. Última revisión: 16 de agosto de 2026.