¿Se puede vender el 50% de un inmueble cuando un heredero se niega a firma? 1
Se puede vender tu 50% de un inmueble (cuota indivisa) sin permiso de los demás copropietarios. SI SE PUEDE VENDER EL 50% DE UN INMUEBLE El Código Civil te reconoce el derecho a disponer de tu participación, y nadie está obligado a permanecer en proindiviso. Los otros comuneros solo conservan tanteo y retracto con un plazo de 9 días para igualar la oferta. BOE+2BOE+2
Claves legales en 30 segundos
Dispones de tu cuota libremente (art. 399 CC). BOE
Tanteo/retracto de comuneros: 9 días desde la inscripción o conocimiento fehaciente de la venta (art. 1524 CC). BOE+1
¿Qué implica vender “el 50%”?
No transmites el salón ni una habitación: cedas tu participación abstracta sobre todo el bien. El comprador se convierte en nuevo copropietario con idénticos derechos/obligaciones que tú. Esta vía es válida incluso cuando un heredero se niega a firmay bloquea la venta del 100%. BOE
Cuando un heredero se niega a firma: tus salidas ordenadas
Vender tu 50% a un tercero: rápida y sin consenso; respeta tanteo/retracto. BOE+1
Extinción de condominio: acuerdo para que uno se quede el 100% pagando compensación. BOE
División de la cosa común (vía judicial): juicio verbal LEC; si no hay acuerdo, subasta. Útil cuando un heredero se niega a firma sistemáticamente. Familia.legal+2abogadoglobal+2
Valora tu cuota (aplica descuento por indivisión y falta de control).
Reúne documentación: nota simple, cargas, IBI, estado de ocupación.
Notifica fehacientemente a los comuneros (misma oferta y condiciones). Así blindas el tanteo/retracto. Gaman Lawyers
Contrato/arras + escritura pública.
Impuestos y Registro: IRPF/plusvalía e inscripción del comprador. Si un heredero se niega a firma, mantén el plan: tu venta de cuota no depende de su autorización. BOE
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Preguntas frecuentes (FAQ) Se puede vender el 50% de un inmueble cuando un heredero se niega a firma
¿Tengo que pedir permiso para vender mi 50%? No. Solo debes respetar el tanteo/retracto de los demás. Plazo: 9 días desde la inscripción o conocimiento. BOE+1
¿Qué pasa si notifico tarde o mal? Un comunero podría retraer en 9 días desde que acredite que supo de la venta. La jurisprudencia exige conocimiento pleno de la operación. Poder Judicial
¿Y si hay hipoteca o cargas? Puede venderse la cuota; la carga se concreta sobre la participación o se arrastra según corresponda. Registradores de Madrid
¿Puedo obligar a vender el 100% si un heredero se niega a firma? No forzas la venta del 100% directa, pero sí la división de la cosa común que termina, si persiste el bloqueo, en subasta. Familia.legal+1
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Resumen extraíble: Puedes vender tu 50% sin permiso; si un heredero se niega a firma, usa venta de cuota, extinción de condominio o, en bloqueo total, división judicial. Se puede vender el 50% de un inmueble cuando un heredero se niega a firma
Se puede vender el 50% de un inmueble
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