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Respuesta corta: sí, pero con condiciones (, pactos y cargas)

¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender? Sí, puedes vender tu 50 % (o cualquier porcentaje) de la vivienda sin el consentimiento del otro copropietario porque la ley te permite disponer libremente de tu cuota. Esto lo ampara el art. 399 del Código Civil. Ahora bien, esa libertad tiene límites prácticos y legales: si existe un pacto de indivisión vigente (máx. 10 años, prorrogable por unanimidad), no podrás forzar la ruptura del proindiviso durante ese plazo; además, los otros copropietarios tienen derecho de tanteo y retracto, pudiendo igualar la oferta y quedarse con tu parte. Conceptos Jurídicos+1

Traducción a claro: puedes vender tu cuota, no la casa entera; y si la vendes a un tercero, tus copropietarios pueden arrebatársela a ese tercero pagando lo mismo (retracto). Conceptos Jurídicos

Marcos legales que te afectan (arts. 399, 400, 404 y 1522 CC)

Libre disposición de tu cuota (art. 399) ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

El art. 399 CC permite enajenar, ceder o hipotecar tu parte. Por eso no necesitas permiso del otro para firmar en notaría y registrar el cambio de titular de tu 50 %.

Nadie está obligado a permanecer en comunidad (art. 400) ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

Si el bloqueo es total, la ley te habilita a salir del proindiviso: con o sin venta, siempre puedes pedir la división de la cosa común. O termináis en acuerdo (uno compra a otro) o irá por vía judicial. Ojo: si firmasteis pacto de indivisión (muy típico en herencias), ata hasta 10 años.

Si la casa es indivisible: venta y reparto del precio (art. 404)

Viviendas y pisos son esencialmente indivisibles. Si no os ponéis de acuerdo en adjudicarla a uno pagando al otro, un juez puede ordenar la venta (habitualmente, subasta) y repartir el precio en proporción a vuestras cuotas. Conceptos Jurídicos+1

Tanteo y retracto de los demás comuneros (art. 1522)

Si vendes tu 50 % a un tercero, los demás tienen preferencia para comprar por el mismo precio. Por eso, comunicar la venta no es solo cortesía; reduce riesgos de impugnaciones. Conceptos Jurídicos+1

Casos reales y cómo actuar paso a paso ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

Si hay hipoteca ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

  • Tu 50 % se puede vender; pero el préstamo sigue. El banco no está obligado a liberar al que se va ni aceptar al nuevo comunero: o se asume la deuda (novación con la entidad) o sigues siendo deudor solidario aunque ya no seas copropietario.
  • Práctica recomendada: pactar que el comprador asuma la deuda y tramitarlo con el banco antes de firmar; si no, fija garantías (retenciones, condición resolutoria).
  • Si no hay acuerdo, la extinción judicial termina en subasta y el préstamo se cancela con el precio obtenido. DiG Abogados

Si la vivienda está alquilada ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

  • La venta de tu 50 % no extingue el alquiler; el nuevo copropietario se subroga.
  • Estrategia: documenta rentas, fianzas y estado del inmueble para no devaluar la cuota.

Si vienes de herencia ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

  • Es el escenario más común. Alguien no quiere vender y bloquea. Recuerda: puedes vender tu cuota o forzar la división (art. 400). Si la casa es indivisible, venta y reparto (art. 404). Y si vendes a un tercero,

Cómo vender tu 50 % sin permiso del otro ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

Checklist exprés

  1. Nota simple actualizada + escritura de propiedad.
  2. Revisar si existe pacto de indivisión (herencias: ojo a pactos de 10 años).
  3. Si hay hipoteca: hablar con el banco (novación o garantías).
  4. Burofax al copropietario: ofreces tu 50 % con precio, condiciones y plazo; sirve para tanteo y para acreditar buena fe.
  5. Si entra un inversor/tercero: notifica la venta para no activar problemas con el retracto.
  6. Notaría (compraventa de cuota) y Registro de la Propiedad.

Plantilla de burofax (resumen utilizable)

Comunico mi voluntad de vender mi cuota del 50 % de la vivienda situada en [dirección]. Ofrezco preferentemente mi cuota por [precio] €, gastos a cargo de [parte], con plazo de respuesta de [10-15 días]. Si no recibo aceptación, procederé a la venta a tercero en las mismas condiciones, con reserva de tus derechos de tanteo y retracto (art. 1522 CC).

Alternativa si no hay comprador

  • Extinción de condominio judicial: demanda basada en art. 400; si indivisible, subasta y reparto (art. 404). Los juzgados suelen ordenar la venta pública cuando no hay acuerdo. BOE

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¿Y si me bloquean? Extinción de condominio y subasta ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

Cuando el otro se niega sistemáticamente:

  • No puede obligarte a seguir en comunidad (art. 400). Pides la división.
  • Si no hay forma de repartir físicamente (pisos): el juez declarará indivisible y ordenará venta; si nadie compra a valor pactado, subasta judicial. Conceptos Jurídicos+1
  • Práctico: puedes ofrecer adjudicación para quedarte la casa pagando su parte (o al revés). Si no hay acuerdo, subasta y listo.

Preguntas frecuentes ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

¿Tengo que avisar a mi copropietario si vendo?
Legalmente puedes vender sin su consentimiento, pero es conveniente notificar por el retracto (puede comprársela al tercero por el mismo precio en plazo legal).

¿Puedo vender “mi habitación” o “mi plaza de garaje dentro del piso”?
No: vendes una cuota abstracta (50 % de la totalidad), no una parte física concreta, salvo que antes dividáis y adjudicáis. Javaloyes

¿Qué pasa si firmamos un pacto de no vender durante 10 años?
Ese pacto de indivisión te ata hasta el plazo máximo (10 años, prorrogable por unanimidad). Conceptos Jurídicos

¿Cuánto tarda una extinción de condominio judicial?
Depende del juzgado, pero el resultado está claro: o adjudicación a uno compensando al otro, o venta y reparto (art. 404).

Conclusión ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

Sí, puedes vender tu 50 % aunque el otro se niegue. La ley te respalda para disponer de tu cuota (art. 399), salir del proindiviso (art. 400) y, si hace falta, llegar a venta y reparto (art. 404). Hazlo con método: comprueba pactos, gestiona hipoteca, notifica por retracto y documenta todo. Con eso, cierras el conflicto en tus términos. ¿Puedo vender mi 50% de una vivienda si el otro copropietario no quiere vender?

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